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Tributario

Promulgan Decreto Legislativo que extiende el plazo de arrastre de pérdidas bajo el sistema A)

08/05/2020
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Mediante el Decreto Legislativo No. 1481 (en adelante, el “Decreto”), del 08 de mayo de 2020, se estableció de manera excepcional el plazo de arrastre de pérdidas bajo el sistema a) de compensación de pérdidas previsto en el Artículo 50 de la Ley del Impuesto a la Renta, únicamente para la pérdida neta de tercera categoría de fuente peruana registrada en el ejercicio 2020.

Para tales fines, los contribuyentes que registren pérdidas netas de la tercera categoría en el ejercicio 2020, y opten para su compensación por el sistema a) del Artículo 50 de la Ley del Impuesto a la Renta, podrán compensarlas hasta en los cinco (5) ejercicios siguientes inmediatos, computados desde el ejercicio 2021. El saldo que no resulte compensado una vez transcurrido ese lapso no podrá computarse en los ejercicios siguientes.

Vigencia: El Decreto entrará en vigencia a partir del 09 de mayo de 2020.


Para cualquier consulta o ampliación, por favor contacte con la Dra. Vanessa Watanabe por correo electrónico a vws@prcp.com.pe, o con el Dr. Andrés Reyes Pujada por correo electrónico a arp@prcp.com.pe

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