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Tributario

Boletín Lextribut@rio: Norma relevante en materia tributaria – Primera quincena de julio

18/07/2023
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Se crea la Ley del Joven Empresario:

Con fecha 12 de julio del 2023, se publicó la Ley del joven empresario,  Ley No. 31828 (la “Ley”), la cual tiene como objeto establecer un marco normativo promotor a fin de generar fuentes de trabajo para jóvenes. La Ley otorga los siguientes beneficios:

  • Proceso de constitución e inscripción registral simplificada de la empresa
  • El contribuyente sujeto al régimen general del Impuesto a la Renta (“IR”) o al Régimen MYPE Tributario que contrate uno o más trabajadores nuevos, para efectos de la determinación del IR de los ejercicios 2024 y 2025, puede aplicar una deducción adicional equivalente al 50% de la remuneración básica que pague al nuevo trabajador, independientemente de su jornada de trabajo y su modalidad contractual, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

– El trabajador tiene, al momento de su contratación, una edad igual o mayor a 18 años y no mayor a 29 años.

– El trabajador no debe estar registrado en la planilla electrónica de una o más empresas en un periodo de doce meses previos a la fecha de inicio de labores.

– La remuneración básica mensual del nuevo trabajador no supera los S/ 1 700. Tratándose de trabajadores cuya remuneración sea variable o imprecisa, se considera cumplido el requisito si el promedio mensual de las remuneraciones percibidas durante los meses de enero a diciembre de los ejercicios 2024 y 2025 no superan los S/1700.

– El empleador incorpora al nuevo trabajador en el T-Registro de la planilla electrónica dentro de los plazos previstos en la legislación vigente.

– El número de trabajadores registrados en la planilla electrónica del empleador es mayor al empleo en el periodo base, de acuerdo con lo que se establezca en el Reglamento.

– La relación laboral se inicia a partir del 1 de enero de 2024.

– El plazo mínimo de vigencia del contrato de trabajo es de un mes.

  • Devolución del IGV para las operaciones de exportación de bienes y servicios, conforme a lo previsto en la legislación vigente.
  • En los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras de las entidades del sector público, las empresas constituidas por jóvenes, cuya edad sea igual o mayor a 18 años y no mayor a 29 años, tienen una bonificación de puntaje adicional de 5% en la propuesta técnica.
  • Vigencia: la Ley entra en vigor el 13 de julio del 2023.

Norma-relevante-en-materia-tributaria-3.pdf

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