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Derecho Administrativo

Resumen de disposiciones administrativas sobre COVID-19: Lunes 8 de febrero (edición extraordinaria) y martes 9 de febrero de 2021

09/02/2021
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Lunes 8 de febrero (edición extraordinaria)

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Decreto Supremo 20-2021-PCM

Decreto supremo que establece medidas de integridad para garantizar el normal desarrollo del proceso de vacunación para prevenir la COVID-19

Control y fiscalización del proceso de vacunación

Los funcionarios y servidores públicos de los 3 niveles de gobierno, responsables del proceso de vacunación para prevenir la COVID-19, deben cumplir con los plazos, directivas y las fases del citado proceso de vacunación, establecidas por el Ministerio de Salud, bajo responsabilidad. Para estos efectos, las entidades competentes del Poder Ejecutivo conforman equipos de trabajo con la finalidad de fiscalizar descentralizadamente, el proceso de vacunación de prevención de la COVID-19, en los que se podrá invitar a participar a otras entidades que coadyuven a garantizar el normal desarrollo del citado proceso de vacunación.

Conducta de los/as servidores y/o funcionarios públicos

Los/as servidores y/o funcionarios públicos, en el ejercicio de sus funciones, deben mantener una conducta íntegra, transparente y proba, a fin de evitar cualquier favorecimiento irregular o perjuicio a una persona en el proceso de vacunación para prevenir la COVID-19 o perjuicio al proceso mismo, dando estricto cumplimiento a la normatividad que regula el mismo.

Deber de denunciar

Cualquier persona que conozca de un acto que transgreda las disposiciones que regulan el proceso de vacunación para prevenir la COVD-19, tiene la obligación de denunciarlo a través de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, cuyo dominio en Internet es denuncias.servicios.gob.pe, o por cualquier otro medio que permita ser derivada a la Oficina de Integridad Institucional, o la que haga sus veces en las entidades públicas, o directamente a la Contraloría General de la República a través de su Plataforma de Denuncias, para que se inicien las acciones administrativas correspondientes y, de corresponder, encausar la denuncia ante las autoridades competentes. Las entidades públicas deben desarrollar una investigación inmediata y asegurar el otorgamiento de medidas de protección al denunciante.

Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano

Autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros, de manera temporal y, en tanto dure la emergencia sanitaria a nivel nacional por la propagación de la COVID-19, a brindar información sobre las medidas dictadas por el gobierno, a través de los canales de atención de la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano – MAC, en adición a sus funciones. Asimismo, a través de la línea telefónica de atención al ciudadano se podrán recibir las denuncias materia del presente Decreto Supremo, las mismas que son canalizadas a través de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Resolución Ministerial 92-2021-MTC/01

Modifica la R.M. 43-2021-MTC/01, a efectos de adecuar lo dispuesto en sus artículos 2 y 3 a lo regulado en el Decreto Supremo 17-2021-PCM

La suspensión de operaciones aéreas no aplica para aquellas operaciones desde y hacia los Aeropuertos Internacionales Jorge Chávez y Coronel FAP. Francisco Secada Vignetta, y los departamentos considerados en los Niveles de Alerta Muy Alto, Alto y Moderado, detallados en el artículo 1 del Decreto Supremo 2-2021-PCM (modificado por los Decretos Supremos 8-2021-PCM y 17-2021-PCM).

Los pasajeros de los servicios de transporte aéreo nacional en cualquiera de sus modalidades, deben contar con una prueba molecular o antígena con resultado negativo, como máximo con setenta y dos (72) horas de obtenido el resultado para abordar los vuelos desde Lima y Maynas hacia los destinos permitidos.”


Martes 9 de febrero de 2021

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL

Resolución Jefatural 34-2021-INDECI

Aprueba los “Lineamientos para la definición de las zonas a intervenir y los procedimientos para la distribución de los kits de alimentos en el marco del Decreto de Urgencia 11-2021”

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