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Competencia

Client Memo: Se modifica la Ley de Barreras Burocráticas

30/05/2023
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El día de hoy, 30 de mayo de 2023, se ha publicado la Ley 31755, mediante la cual se modifica el Decreto Legislativo N° 1256, Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas.

A continuación, resumimos los cambios más relevantes:

Ampliación de la definición de “Barrera Burocrática”: Bajo determinadas circunstancias, se podrá denunciar como barreras burocráticas las omisiones, inacciones o cualquier inactividad de la Administración Pública. Asimismo, se ha precisado que las barreras burocráticas pueden tener efectos directos o indirectos sobre el administrado.

Plazos máximos para las denuncias informativas: Deberá atenderse la denuncia en un plazo máximo de 20 días hábiles y la Autoridad deberá decidir su inicio o archivo en un plazo máximo de 45 días hábiles.

Inaplicación con efectos generales: Se incluye esta medida para las barreras burocráticas declaradas carentes de razonabilidad en procedimientos de oficio.

Indicios sobre la carencia de razonabilidad de la barrera burocrática: Se podrán presentar hasta antes de la admisión a trámite de la denuncia. El incremento de costos para el administrado no será admitido como único indicio de carencia de razonabilidad.

Plazo para conceder o denegar medidas cautelares: La Autoridad deberá pronunciarse sobre las solicitudes de medidas cautelares en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la fecha de presentación de la solicitud.

Denuncias sobre barreras cumplidas por los administrados: No cabe la improcedencia de las denuncias de parte sobre medidas cumplidas por los administrados si es que estas pueden ser exigibles por la entidad en un futuro. Por tanto, la Autoridad deberá evaluar el fondo de la denuncia.

Barreras burocráticas en normas con rango de ley: Se faculta la emisión de informes técnicos advirtiendo la existencia de barreras burocráticas en este tipo de normas y recomendando medidas para su eliminación.

Puede visualizar el texto de la Ley haciendo clic aquí.

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