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CompetenciaPrivacidad & Protección de Datos

Congreso de la República aprueba ley que promueve el uso de la Inteligencia Artificial en el país

29/05/2023
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El 25 de mayo de 2023, el Pleno del Congreso de la República (el “Pleno”) aprobó su primera autógrafa de ley (la “Autógrafa”) vinculada con la regulación de la Inteligencia Artificial (“IA”).

¿Qué establece el texto aprobado?

  • La finalidad de la Autógrafa es promover el uso de la IA, en el marco del proceso nacional de transformación digital, para fomentar el desarrollo económico y social del país. En ese sentido, la Autógrafa declara de interés nacional, “el fomento del desarrollo y uso de la inteligencia artificial para la mejora de los servicios públicos, de la educación y los aprendizajes, la salud, la justicia, la seguridad ciudadana, la economía, la inclusión, los programas sociales, la Seguridad y Defensa Nacional”.
  • La Autógrafa define IA como “la tecnología emergente de propósito general que tiene el potencial de mejorar el bienestar de las personas, contribuir a una actividad económica global sostenible positiva, aumentar la innovación y la productividad, y ayudar a responder a los desafíos globales clave”. Asimismo, se define lo que debe entenderse por sistemas basados en IA y algoritmos.
  • La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, será la autoridad responsable a nivel nacional de dirigir, evaluar y supervisar el uso y la promoción del desarrollo de la IA y las tecnologías emergentes.
  • Entre las funciones de la autoridad nacional se encuentra la implementación de un “Centro Nacional de Análisis, Evaluación y Procesamiento de Sistemas Informáticos e Información Digital de Alto Rendimiento como institución pública especializada (…)”. Esta implementación es de interés nacional y de necesidad pública.
  • La autoridad nacional es también responsable por informar anualmente al Congreso de la República, “sobre los avances en el desarrollo de la Inteligencia Artificial y las tecnologías digitales emergentes en el país”. Asimismo, “en caso de que se identifiquen amenazas graves o vulneración de ciberseguridad nacional”, la autoridad deberá informar inmediatamente a la Comisión de Inteligencia del Congreso de la República.

¿Cuáles son los siguientes pasos para la aprobación de la ley?

La Autógrafa será enviada al Poder Ejecutivo, quien tiene quince (15) días hábiles para publicar la ley o para remitir sus observaciones al Congreso de la República. Si el Poder Ejecutivo dispone su publicación, la ley entraría en vigor al día hábil siguiente de dicha publicación.

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