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Laboral

Pase laboral y pase vehicular para uso en días no laborables

23/12/2020
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El Ministerio de Interior ha comunicado a través de una Nota de Prensa [1] que los ciudadanos que trabajen en actividades esenciales el 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021 tendrán que tramitar un pase laboral personal o vehicular para trasladarse a su centro de trabajo, según corresponda.

1. Pase laboral

Los ciudadanos que trabajen en actividades esenciales el 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021 tendrán que tramitar un pase laboral personal para trasladarse a su centro de trabajo durante el horario de inmovilización social obligatoria o toque de queda.

2. Pase vehicular

Los ciudadanos que requieran trasladarse en su vehículo particular durante el 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021, deberán tramitar su pase vehicular para movilizarse si sus realizan actividades esenciales, pues durante dichas fechas estará restringida la circulación de vehículos particulares conforme a lo dispuesto por el Gobierno.

3. Actividades esenciales

Los pases laborales y vehiculares podrán ser tramitados por personas que trabajen los siguientes rubros:

– Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos, así como en servicios funerarios y de telecomunicaciones.

– Actividades de transporte de carga, mercancías y rubros conexos,

– Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de agentes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participen en operativos de control.

– Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales, personal y vehículos de los medios de comunicación, vehículos oficiales de transporte de salud, y automóviles particulares del Poder Legislativo y Ministerio Publico.

– Personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

– Servidores en empresas de seguridad y servicios de farmacias y de restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio.

4. Información que deben exhibir los trabajadores de actividades esenciales

Durante los controles policiales, los trabajadores de todos los rubros mencionados en el punto previo deberán mostrar su Documento Nacional de Identidad (DNI); una credencial o fotocheck, que los identifique como empleados de alguna de estas instituciones y/o empresas; así como el pase laboral y vehicular.

5. Sanciones

Los conductores que tramiten un pase vehicular y realicen una actividad distinta a la señalada en el pase laboral serán sancionados con una multa de S/ 6,450 y se les retendrá su licencia de conducir. Similar sanción se aplicará a quienes transiten con su vehículo particular durante los días de restricción, así como en el horario de inmovilización social obligatoria.


[1]

https://www.gob.pe/institucion/mininter/noticias/321827-pase-vehicular-para-feriados-venideros-esta-disponible-en-portal-gob-pe

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