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Laboral

CORONAVIRUS (COVID-19): Formulario Virtual para solicitar “Pase Especial de Tránsito” por motivos laborales y personales

17/03/2020
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El día de hoy, 17 de marzo de 2020, se ha habilitado la plataforma virtual para solicitar el “Pase Especial de Tránsito” (en adelante, “PET”), para lo cual será necesario ingresar al siguiente enlace: https://www.gob.pe/pasedetransito.

El PET es exclusivo para el personal dedicado a las siguientes actividades esenciales:

  • Abastecimiento de alimentos y/o medicinas.
  • Servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos.
  • Servicios funerarios.
  • Cuidados de personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
  • Actividades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen que dichas actividades se lleven a cabo de forma adecuada.
  • Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
  • Hoteles y centros de alojamiento, solo con la finalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta.
  • Medios de comunicación y centrales de atención telefónica (call center).
  • Cualquier otra actividad de naturaleza análoga a las enumeradas en los literales precedentes o que deban realizarse por caso fortuito o fuerza mayor o que, por excepción, el Ministerio de Economía y Finanzas, agregue posteriormente.

Los trabajadores que se dediquen a las actividades indicadas previamente deberán portar el PET impreso y/o como captura de pantalla en su teléfono celular para mostrarlo, junto con su DNI, cada vez que sean intervenidos por la Policía Nacional o la Fuerza Armada.

La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas podrán solicitar documentación adicional a los portadores de los PET, en caso lo considerasen necesario. Por ello, recomendamos a los empleadores:

(i) Emitir, en favor de los trabajadores que deban realizar las actividades indicadas, un documento donde se señale que realizan dichas actividades.

(ii) Recomendar a sus trabajadores portar su fotocheck o cualquier otro documento que lo identifique como trabajador de la empresa.

Cada solicitud ingresada será corroborada con las diversas bases de datos del Estado como SUNAT, RENIEC, Policía Nacional, Poder Judicial, Ministerio de Trabajo, entre otras, con el fin de verificar la veracidad de la información declarada.

Aquellas personas que ingresen su solicitud, pese a que no están consideradas como trabajadores de actividades esenciales no solo serán rechazados en el trámite, sino que además serán pasibles de detención y denuncia penal. Para ello se ha instruido a los Procuradores del Ministerio del Interior y se realizan las coordinaciones con el Ministerio Público.

El PET considerará una ruta específica del portador desde su domicilio hasta su centro de labores. De encontrarse transitando en una zona distinta a esta ruta, será intervenido por la Policía Nacional y/o las Fuerzas Armadas.

Finalmente, indicamos que el PET también podrá ser solicitado para atender asuntos personales.

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