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Laboral

Dato Procesal Laboral: Ausencia de registro de contratos modales ante la AAT no desnaturaliza el contrato sujeto a modalidad

01/08/2019
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En la STC 624-2018-AA (24/4/19), el Tribunal Constitucional analizó la desvinculación de un trabajador que tuvo lugar en el año 2012 (cuando no estaban vigentes la Ley 29497 y el D. Legislativo 1246). Entre otros argumentos, el trabajador acusaba que laboró luego de haberse vencido su contrato de trabajo y, que su contrato estaba desnaturalizado debido a que la empresa no cumplió con su inscripción ante la AAT.

Sobre la primera aseveración, el TC verifica que no existe prueba que corrobore el dicho del trabajador y, en cuanto a la obligación de inscribir los contratos ante la AAT, precisa que: “(…) si no se presenta el contrato ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, la sanción será la imposición de la multa y no la desnaturalización del contrato de trabajo sujeto a modalidad, por lo tanto, este requisito no es un requisito de validez del contrato de trabajo modal como refiere el demandante.”

PD: En la actualidad, la obligación de registrar contratos no está vigente, pero un sinnúmeros de procesos en trámite gira en torno a este tipo de argumentaciones.

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