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Inmobiliario

Autorizan la presentación electrónica, a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP, de los partes notariales de Constitución de Hipoteca y otros

11/05/2020
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El 9 de mayo de 2020 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N°046-2020-SUNARP/SP, que autoriza la presentación electrónica, a partir del 12 de mayo de 2020, a través del Sistema de Intermediación Digital (SID) de la SUNARP, de los partes notariales de Constitución de Hipoteca, en el Registro de Predios.

Asimismo, se autorizó la presentación de partes notariales en otros registros, tales como de Constitución de Asociación, en el Registro de Personas Jurídicas; de Separación de Patrimonio, de Sustitución del Régimen Patrimonial, así como de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, en el Registro Personal.

Esto constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel para su inscripción.

Finalmente, se precisa que la presentación electrónica del parte notarial de Constitución de Hipoteca puede efectuarse en conjunto con otro acto de transferencia (compraventa, donación, dación en pago, anticipo de legítima, permuta y transferencia de dominio por sucesión intestada) disponible en el SID de la SUNARP, siempre que comprenda hasta cuatro (4) unidades inmobiliarias inscritas en una misma oficina registral y no comprenda transferencia de cuotas ideales, conforme a lo previsto en la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N°306-2018-SUNARP/SN, del 27 de noviembre de 2018.

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