Miércoles 3 de febrero (edición extraordinaria)
DECRETOS DE URGENCIA
Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en el marco de la emergencia nacional por la COVID-19 para reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta del Sistema Nacional de Salud
Rectoría del Ministerio de Salud: El Ministerio de Salud, en cumplimiento de su función rectora, es el encargado de planificar, dictar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar todas las acciones orientadas a la prevención, protección y control de la COVID-19, con todas las instituciones públicas y privadas, personas jurídicas y naturales que se encuentren en el territorio nacional, conforme a las disposiciones de la Autoridad Sanitaria Nacional. El Ministerio de Salud, en el ámbito de su competencia, articula y dispone las acciones necesarias con la Sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, el Instituto Nacional de Salud, la Superintendencia Nacional de Salud, el Seguro Social de Salud (ESSALUD); así como, con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Superintendencia Nacional de Migraciones, la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. (CORPAC), y cualquier otra entidad pública o privada, para que adopten las medidas preventivas y de control correspondientes.
Medidas para reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta del Sistema Nacional de Salud
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- Adquisición de Equipos de Protección Personal – EPP, contratación de otros bienes y servicios y la regularización de los mismos.
- Excepciones a restricciones presupuestarias
- Disposición y administración de bienes muebles
- Adquisición de pruebas moleculares y bienes y servicios complementarios perfectos en el marco de la emergencia por la COVID-19
- Gestión de los contratos derivados del Decreto de Urgencia 28-2020
- Centros de Atención y Aislamiento Temporal; para la atención de la Emergencia Sanitaria causada por la COVID-19 a nivel nacional
Medidas para incrementar la producción y el acceso a sistemas de oxígeno medicinal para el tratamiento del coronavirus y reforzar la respuesta sanitaria, en el marco del estado de emergencia nacional por la COVID-19
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- Autorización para la adquisición de oxígeno medicinal
- Autorización excepcional para compra y mantenimiento de plantas generadoras de oxígeno medicinal
- Disposiciones sobre el seguimiento del stock y consumo de oxígeno medicinal
- Suscripción de Convenios de Cooperación
Medidas sobre la prestación económica de sepelio: Financiamiento de la prestación económica de sepelio
SALUD
Resolución Ministerial 158-2021/MINSA
Incorporan en el Anexo 1: Listado de Procedimientos Médicos y sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico “Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud”, de la R.M. 1044-2020/MINSA, los procedimientos médicos y sanitarios correspondientes a la vacuna contra el SARS-CoV-2 (enfermedad por coronavirus [COVID-19]) y a la Vacuna contra el Virus Papiloma Humano (4vHPV)
Resolución Ministerial 161-2021/MINSA
Modifica el rubro “Fases de vacunación” contenido en el Documento Técnico: Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19, aprobado con R.M. 848-2020/MINSA; y aprueba la Directiva Sanitaria 129-MINSA/2021/DGIESP, “Directiva Sanitaria para vacunación contra la COVID-19 en la situación de emergencia sanitaria por la pandemia en el Perú”
Fases de vacunación:
El número de fases y periodos de ejecución está sujeto a la disponibilidad de la vacuna a nivel nacional, se consideran las siguientes fases:
Fase I: Proteger la integridad del Sistema de Salud y continuidad de los servicios básicos
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- Toda persona que presta servicios, independientemente de la naturaleza de su vínculo laboral o contractual, en las diferentes instancias del sector salud.
- Personal de las Fuerzas Armadas y Policiales.
- Bomberos, Cruz Roja.
- Personal de seguridad, serenazgo, brigadistas, y personal de limpieza.
- Estudiantes de la salud.
- Miembros de las Mesas Electorales.
Fase II: Reducir la morbilidad severa y la mortalidad en población de mayor riesgo
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- Adultos mayores de 60 años a más.
- Personas con Comorbilidad a priorizar.
- Población de comunidades nativas o indígenas.
- Personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), personas privadas de la libertad.
Fase III: Reducir la transmisión de la infección en la continuidad y generar inmunidad de rebaño
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- Personas 18 a 59 años.
Jueves 4 de febrero de 2021
DECRETOS DE URGENCIA
Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para financiar los mayores gastos derivados de la emergencia sanitaria producida por la COVID-19 durante el Año Fiscal 2021
Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes para la contratación de la provisión de conectividad a la población rural y de lugares de preferente interés social y su acceso a servicios públicos de telecomunicaciones, en el marco de la emergencia nacional por el COVID-19
Su objeto es establecer medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y financiera para habilitar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Programa Nacional de Telecomunicaciones (PRONATEL), a aplicar un procedimiento especial para la contratación de la provisión de conectividad en áreas rurales y lugares de preferente interés social, en el marco del Estado de Emergencia Nacional y de la Emergencia Sanitaria producida por el brote de la COVID-19, a fin de atenuar sus efectos negativos en la salud, educación y en el desarrollo de actividades económicas. Incluye el “Procedimiento Especial de Selección para la Contratación de Bienes y Servicios necesarios para la implementación y operación de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia”
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Implementa la ejecución del acto de subasta pública en el marco del Sistema Nacional de Bienes Estatales, mediante la utilización de medios electrónicos y tecnológicos virtuales, a través de teleconferencias u otros medios virtuales, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Modifica el alcance y los horarios establecidos para la Mesa de Partes Presencial de la Sede Central, de las Oficinas Regionales de Coordinación a nivel nacional; y en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, así como de la Mesa de Partes Virtual Externa, efectuada a través de la Res. 19-2020-SG/ONPE
a) Mesa de Partes Presencial de la Sede Central, y de las ORC y de las ODPE a nivel nacional, en el horario de 8:30 horas a 16:30 horas, de lunes a viernes, a partir del 3 de febrero de 2021.
b) Mesa de Partes Virtual Externa, en el horario de 8:30 horas a 23:59 horas, e inclusive durante los días sábados, domingos y feriados, a partir del 3 de febrero de 2021.
c) Estos horarios ampliados de la Mesa de Partes Virtual Externa, que incluyen sábados, domingos y feriados de 08:30 horas hasta 23:59 horas, y de lunes a viernes de 16:31 horas hasta 23:59 horas, se habilitan exclusivamente para la presentación de la documentación correspondiente a las Elecciones Generales 2021 y para el trámite de solicitudes para Consulta Popular de Revocatoria de Autoridades Regionales y Municipales del periodo 2019-2022.
MUNICIPALIDAD DE ANCÓN
Ordenanza que establece exoneración de las tasas de Arbitrios Municipales a favor de contribuyentes que pertenecen al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, adulto mayor, estado de salud grave y cuerpo de bomberos
MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC
Ordenanza que establece fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales e incentivos para el pago de tributos del Ejercicio 2021
MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO
Ordenanza Municipal 4-2021-MDCLR
Establece beneficios tributarios y administrativos a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito