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Derecho Administrativo

Resumen disposiciones administrativas sobre COVID-19: Domingo 31 de enero (edición extraordinaria) y lunes 1 de febrero de 2021

01/02/2021
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Domingo 31 de enero de 2021 (edición extraordinaria)

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Resolución Administrativa 88-2021-P-CSJLS-PJ

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur

Prorroga hasta el 28 de febrero de 2021 la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo 44-2020-PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos Nºs. 51 y 64-2020-PCM” y aprueba otras disposiciones

Lunes 1 de febrero de 2021

SALUD

Resolución Ministerial 141-2021/MINSA

Establece que el personal de enfermería que presta servicios en las áreas de inmunizaciones de los establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atención, no debe ser desplazado, ni participar de la atención de casos confirmados o sospechosos de la COVID-19, hasta el término de la campaña de vacunación para la prevención de la COVID-19

Excepcionalmente, el personal de enfermería que presta servicios en el área de inmunizaciones, en caso de necesidad de servicio, podrá ser programado para la realización de guardias hospitalarias o servicios complementarios en salud.

Las Coordinadoras Regionales de Inmunizaciones, así como, los responsables de inmunizaciones en las Redes, Microredes y establecimientos de salud, deben permanecer en sus puestos de trabajo a fin de asegurar el desarrollo de la vacunación de la población.

A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Ministerial, en los niveles de DIRIS, DIRESA, GERESA, Redes y Microredes, se debe contar con personal responsable de la Cadena de Frio.

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Resolución Administrativa 32-2021-P-CSNJPE-PJ

Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (sobre suspensión de trabajo presencial, trabajo remoto, continuidad de programación de audiencias, suspensión de plazos, retiro de expedientes, notificaciones, recepción de documentos, transporte de trabajadores) en el periodo comprendido del 1 al 14 de febrero de 2021.

Resolución Administrativa 49-2021-P-CSJLI-PJ

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima

Dispone que, a partir del 1 al 14 de febrero del año 2021, todos los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima realizarán exclusivamente sus labores en la modalidad de trabajo remoto, y aprueba otras disposiciones

Uso obligatorio por parte de todos los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima, de las herramientas y aplicaciones informáticas implementadas en el Poder Judicial, para la gestión de los procesos judiciales en las diversas especialidades y de las actividades administrativas, a efecto de proseguir con las labores bajo la modalidad de trabajo remoto.

Todas las audiencias deberán ser virtuales y aplicándose la normativa impartida para tal efecto, las mismas que deberán llevarse a cabo en las fechas ya programadas. Cuando no se cuente con las condiciones tecnológicas o de conectividad indispensables y ante casos de urgencia y emergencia, excepcionalmente podrá realizarse de modo presencial, para lo cual la Gerencia de Administración Distrital y las Administraciones de sede deberán dotar a los magistrados/as y servidores/as de las medidas de bioseguridad necesarias y garantizar su traslado.

Todas las notificaciones deberán ser electrónicas a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) [https://casillas.pj.gob.pe/sinoe/login.xhtml], pudiendo realizarse las notificaciones físicas que establece la ley luego de levantadas las restricciones sanitarias.

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

Ordenanza Regional 179-2020-CR/GR CUSCO

Dispone el uso obligatorio de escudos y/o protectores faciales, en la circulación, concentración y el tránsito peatonal, así como para la prestación de servicios, ejecución de actividades laborales y atención al público en general, dentro de las instituciones públicas y privadas del territorio de la Región Cusco.

 

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