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Derecho Administrativo

Aprueban Reglamento de la Ley Nacional del Cáncer

30/03/2022
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El miércoles 30 de marzo, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 004-2022-SA que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31336, Ley Nacional del Cáncer.

El mencionado reglamento dispone lo siguiente:

  • La norma será aplicable a las Instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) públicas, privadas o mixtas, debidamente registradas en el Registro Nacional de IPRESS, las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud (IAFAS), entre otros.
  • El reglamento señala que el Ministerio de Salud y ciertos ministerios deberán establecer acciones estratégicas sectoriales de promoción de la salud con énfasis en prevención y control del cáncer. Paralelamente, los Gobiernos Regionales y Locales deberán incorporar este mismo propósito en su Plan de Desarrollo Concentrado. Asimismo, el Ministerio de Salud se obliga a promover y/o desarollar convenios de gestión regional y/o municipal relacionados al cumplimiento de acciones de prevención y control del cáncer.
  • Asimismo, se obliga a las IAFAS privadas a asegurar la integralidad de la cobertura oncológica en las pólizas de seguros de salud que incluyan dicha cobertura.
  • Por su parte, se ha establecido un mecanismo diferenciado de adquisición de productos farmacéuticos y dispositivos médicos por parte del Ministerio de Salud que incluyen condiciones de pago especiales como descuentos, precios escalonados por volumen, pagos por resultados a nivel de paciente y/o la continuación del tratamiento condicional a nivel de paciente.
  • Se establece la Red Oncológica Nacional (RED) como el conjunto de IPRESS públicas, privadas y mixtas nacionales que brindan servicios de salud oncológica. La RED será conducida funcionalmente por el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) con supervisión del Ministerio de Salud.
  • Finalmente, el Ministerio de Salud organizará un registro para recolectar, analizar y publicar información epidemiológica. Su ámbito de acción alcanza a las IPRESS que brinden atención integral oncológica. Asimismo, se crea el Banco u la Red Nacional de Tumores para los fines de investigación biomédica en cáncer.

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