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Autorizan el uso de constancias en favor de ciudadanos extranjeros que habiendo efectuado diversos trámites no recabaron el carné de extranjería ni el PTP

Autorizan el uso de constancias en favor de ciudadanos extranjeros que habiendo efectuado diversos trámites no recabaron el carné de extranjería ni el PTP

07/05/2020

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El día de hoy, 7 de mayo 2020, se publicó la Resolución de Superintendencia 121-2020-Migraciones, mediante la cual se dispone lo siguiente:

– Los ciudadanos extranjeros que efectuaron el trámite de “Inscripción en el Registro Central de Extranjería y Emisión del Carné de Extranjería”, “Duplicado de Carné de Extranjería” y/o “Emisión y Duplicado del Carné de Permiso Temporal de Permanencia de venezolanos” sin que hubieran podido recabar el carné de extranjería ni el PTP, debido a la medida de aislamiento social obligatorio decretada en el marco de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19, están autorizados a usar las “Constancia de Emisión de Carné de Extranjería”, “Constancia de Emisión de Carné de Extranjería (Menores de edad)”, “Constancia de Emisión de Carné de PTP” y “Constancia de Emisión de Carné de PTP (Menores de edad)”, respectivamente.

– Las referidas constancias tienen la misma validez que el carné de extranjería o el PTP por el tiempo que dure la Emergencia Sanitaria y hasta la entrega del documento respectivo.

– El acceso a la constancia respectiva es gratuito a través del portal institucional www.migraciones. gob.pe.